La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. Comprende la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.
Abarca diez años de escolaridad, de los seis a los dieciséis, teniendo derecho el alumnado a permanecer cursando dichas enseñanzas hasta los dieciocho años.
Cada curso escolar mediante Resolución de la Dirección General de Centros Docentes de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades de la Generalitat Valenciana publicada en el D.O.G.V., se determina el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos.

El Ayuntamiento de València, a través de la Oficina Municipal de Escolarización (OME) del Servicio de Educación, se encarga de atender la Escolarización sobrevenida de acuerdo con el punto Decimosegundo de la RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2026, de la Dirección General de Centros Docentes, de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades.

No requiere cita previa: trámite exclusivamente telemático a través del Portal de Escolarización Sobrevenida del Ayuntamiento de Valencia denominado PortES.

Además, la Oficina Municipal de Escolarización presta un servicio de información durante todo el año sobre los distintos aspectos del proceso de escolarización en la ciudad de Valencia: centros docentes, plazos de admisión del alumnado, documentación necesaria para solicitar plaza escolar, zonificación escolar y derivación a los organismos y las entidades que correspondan en cada caso, cuando la competencia no sea municipal.

Información telefónica sobre escolarización y escolarización sobrevenida: Contactos Escolarización

¿Quién  Puede Solicitar una plaza escolar con posterioridad al periodo de admisión establecido en la normativa actual de escolarización ?

El padre o la madre, el tutor/a o representante legal del alumnado que va a residir en el municipio de Valencia y que precisa ser escolarizado con posterioridad al periodo de admisión establecido en la normativa actual de escolarización en los niveles de: Educación Infantil Segundo Ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Atiende:

  • Alumnado trasladado desde otro municipio y/o país a la ciudad de Valencia después de la finalización del período de admisión establecido en la normativa. Ha de justificarse debidamente
  • Alumnado desescolarizado por diversos motivos debidamente justificados.

Webs de consulta para escolarización fuera de plazo

Portal Admisión Valencia capital

Buscador de Instalaciones educativas en mi barrio

Información Complementaria

AYUNTAMIENTO DE VALENCIA:

  • Escolarización Sobrevenida Ayuntamiento de València: Portal de Escolarización Sobrevenida -denominado PortES-: Oficina Municipal de Escolarización:

https://educacio-valencia.es/es/requisitos-para-acceder-a-portes/

GENERALITAT VALENCIANA:

Para información sobre el periodo de admisión del alumnado se puede consultar la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades, http://www.edu.gva.es, o contactar con el teléfono de información de la Generalitat (012) o 96 1271300 / 961271302.

Enlaces: